martes, 25 de octubre de 2016

Economía Popular y Solidaria


¿Qué es y para qué sirve la Economía Popular y Solidaria?
Art. 1 de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria, aprobada en 2011, la define como “una forma de organización económica en la que sus integrantes se unen para producir, intercambiar, comercializar, financiar, y consumir bienes y servicios que les permitan satisfacer sus necesidades y generar ingresos (…)”.
El Art. 283 de la Constitución establece que “el sistema económico es popular y solidario (…). Propende a una relación dinámica y equilibrada entre sociedad, Estado y mercado (…) y tiene por objetivo garantizar la producción y reproducción de las condiciones materiales e inmateriales que posibiliten el Buen Vivir”.
¿Cuáles son los principios de la economía popular y solidaria?
Entre los principios de la economía popular y solidaria establecidos en la ley se destacan:
  • La búsqueda del Buen Vivir y el bienestar común.
  • La prelación del trabajo sobre el capital y de los intereses colectivos sobre los individuales.
  • El comercio justo y el comercio ético y responsable.
  • La equidad de género.
  • El respeto a la identidad cultural.
  • La autogestión.
  • La responsabilidad social y ambiental.
  • La solidaridad y rendición de cuentas.
  • La distribución equitativa y solidaria de los excedentes.
¿Cuáles son las formas organizativas de la economía popular y solidaria?
La ley reconoce como formas de organización de la economía popular y solidaria al sector comunitario, sector asociativo, sector cooperativo (relacionado con producción, consumo, vivienda, ahorro y crédito, y servicios) y a las unidades económicas y populares.
¿Qué son las Unidades Económicas Populares (UEP)?
Los artículos 73, 74, 75, 76 y 77 de la ley establecen la creación de las Unidades Económicas Populares (UEP) que son “emprendimientos unipersonales, familiares, domésticos, comerciantes minoristas y artesanos”.
¿Qué es la Secretaría Técnica de Economía Popular y Solidaria (STEPS)?
La Secretaría Técnica de Economía Popular y Solidaria (STEPS) es una instancia de apoyo técnico y administrativo del Comité Interinstitucional.
PARA MAYOR INFORMACIÓN CONSULTAR A:
eps@desarrollosocial.gob.ec
Secretaría Técnica de la Economía Popular y Solidaria
RESOLUCIONES:
Resoluciones Vigentes: 
Regulación para fijar niveles de las cooperativas de la EPS.
Regulación de asambleas generales y elecciones de representantes y vocales de los consejos de administración y vigilancia de las cooperativas de la EPS.
Regulación para la constitución y reforma de estatutos de cooperativas de la EPS.
Resolución aclaratoria a la Resolución No. MCDS-EPS-004-2013 de asambleas generales y elecciones de representantes y vocales de los consejos de administración y vigilancia de las cooperativas de la EPS.
Regulación para la transformación de organizaciones del sector comunitario y asociativo en cooperativas de la EPS.
Modificatoria a la Resolución No. MCDS-EPS-004-2013, regulación de asambleas generales y elecciones de representantes y vocales de los consejos de administración y vigilancia de las cooperativas de la EPS.
Reformar la Resolución No. MCDS-EPS-004-2013, de 16 de agosto de 2013, mediante el cual el Ministerio Coordinador de Desarrollo Social resolvió: “Regulación de asambleas generales y elecciones de representantes y vocales de los consejos de administración y vigilancia de las cooperativas de la EPS”.
Derogar el artículo 2 de la Resolución MCDS-EPS-010-2015, de 30 de abril de 2015.
Reformar la resolución MCDS-EPS-004-2013, de 16 de agosto de 2013, que contiene regulación de asamblea general y elecciones de representantes y vocales de los consejos de administración y vigilancia de las cooperativas de la EPS.
Actualización de estatutos sociales de Cooperativas y Asociaciones de la EPS.
Resoluciones Derogadas 
Regulación para la adecuación de estatutos de cooperativas y asociaciones EPS.
Regulación por la que se fija el capital social y el fondo social iniciales para la constitución de asociaciones EPS y organizaciones comunitarias.
Regulación para determinar la forma de pago del capital social inicial de las asociaciones EPS.
Establecer el número mínimo de miembros y capital social para la constitución de las organizaciones comunitarias y asociativas y el mínimo de socios y capital social para la constitución de cooperativas no financieras.

Fuente

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